Sede FAICA: Sarmiento 1136, 1° Piso, Ciudad de Buenos Aires, Argentina. | Tel-fax: (54-11) 4381-9016 | info@faica.org.ar
Seguinos en Facebook Seguinos en Twitter Contacto
Noticias | FAICA | Federación Argentina de Instituciones de Ciegos y Ambliopes
NOTICIAS
1 de Junio de 2020

Comunicación A7028 del Banco Central de la Nación: Nos atienden por ventanilla en los bancos y demás lugares del sistema financiero

A partir del pasado jueves 28 de mayo, las personas con discapacidad, podremos recibir atención por ventanilla en los bancos, para realizar pagos. Presentando certificado único de discapacidad y turno previo.

Las personas con discapacidad que sean beneficiarias de haberes previsionales, deberán continuar respetando el cronograma que la ANSES o el correspondiente ente administrador establezca.

Sabemos que queda mucho por hacer, pero celebramos que una de las demandas que acercamos desde FAICA al Banco Central, haya sido tomada en cuenta.

Pueden leer el contenido de la comunicación A7028, en una versión resumida que les dejamos a continuación. O acceder a su versión completa desde el archivo en Word que les acercamos en el siguiente enlace: 20-06-01_comunicacion-a7028-del-banco-central.pdf

Banco Central de la República Argentina

COMUNICACIÓN "A" 7028 - 28/05/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LOS OPERADORES DE CAMBIO,
A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO,
A LAS CÁMARAS ELECTRÓNICAS DE COMPENSACIÓN,
A LAS EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE REDES DE CAJEROS AUTOMÁTICOS, A LOS OTROS PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO,
A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA,
A LAS TRANSPORTADORAS DE VALORES,
A LAS INFRAESTRUCTURAS DEL MERCADO FINANCIERO:

Ref.: Circular
SERVI 1 - 66
RUNOR 1 - 1573
SINAP 1 - 103

Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/2020 Coronavirus (COVID19). Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

"1. Disponer que las entidades financieras deben atender por ventanilla, bajo el sistema de turnos, a las personas con discapacidad que se presenten con su Certificado Único de Discapacidad vi- gente.

En el caso de que las citadas personas sean beneficiarias de haberes previsionales integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o de aquellos cuyo ente administrador co- rresponda a jurisdicciones provinciales o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la atención pa- ra su cobro continuará siendo por ventanilla conforme al cronograma que la ANSES o el corres- pondiente ente administrador establezca.

2. Disponer que las entidades financieras pueden recibir por ventanilla pagos en efectivo de prés- tamos, bajo el sistema de turnos, siempre que en ninguna de sus casas operativas atiendan a clientes beneficiarios de haberes previsionales."

Por otra parte, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a "Sistema Financiero - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general", se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Matías A. Gutiérrez Girault
Gerente de Emisión de Normas

Darío C. Stefanelli
Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas

FAICA | Federación Argentina de Instituciones de Ciegos y Ambliopes